Las salas Constitucional y Penal rechazaron revisar el caso. La decisión no fue compartida por Rondón Haaz
Con escasos días de diferencia el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) desechó dos acciones que la defensa de la suspendida jueza 31 de Control de Caracas, María Lourdes Afiuni, interpuso contra el proceso que se le sigue por haberle dado libertad condicional al banquero Eligio Cedeño, quien tenía más de dos años detenido preventivamente sin haber sido enjuiciado.
El primer rechazo lo obtuvieron los representantes de la funcionaria de la Sala Constitucional, adonde acudieron para denunciar, vía una acción de amparo, que el Ministerio Público se demoró en acusar a su clienta, por lo que su arresto preventivo se había convertido en uno irregular.
En el fallo 678, redactado por la presidenta de la instancia, magistrada Luisa Estella Morales, se rechazó el señalamiento y se aseguró que los fiscales presentaron el acto conclusivo en la fecha correspondiente.
La funcionaria fue aprehendida en flagrancia el 10 de diciembre de 2009, presentada ante los tribunales el 12 de diciembre y el 26 de enero fue acusada; es decir 45 días después, tal y como establece el Código Orgánico Procesal Penal (COPP) para los procesos ordinarios.
Sin embargo, este criterio no fue compartido por el magistrado Pedro Rondón Haaz, quien, en su voto salvado, indicó que en el expediente no se encuentra el acta de la audiencia de presentación de la jueza ni figura la solicitud del Ministerio Público para prorrogar la entrega de las conclusiones de sus investigaciones y tampoco se precisa si fue detenida de manera flagrante o no.
Sobre este último asunto, el disidente recordó que si la funcionaria fue presentada en flagrancia, entonces "el Ministerio Público contaba con el lapso que la Sala ha fijado a través de decisiones anteriores, de acuerdo con las cuales dicho término no era, precisamente, el de 30 días y su prórroga, sino, como máximo, el de 15 días en total".
La otra negativa
El segundo varapalo lo recibió la defensa de Afiuni de parte de la Sala de Casación Penal, la cual rechazó ayer avocarse a revisar el proceso contra la jueza procesada.
En el fallo 259 redactado por el presidente de la instancia, magistrado Eladio Aponte Aponte, desechó la petición alegando que en la Corte de Apelaciones de Caracas hay un recurso pendiente de resolución y que había que esperar a que ese juzgado se pronunciara.
El pronunciamiento fue criticado por la magistrada Blanca Rosa Mármol de León, quien en su voto salvado, señaló: "La presente solicitud de avocamiento procede, incluso de oficio, por la grave violación al ordenamiento jurídico que representa la persecución a un juez por la emisión de una decisión, a lo cual se encuentra debidamente facultada, de acuerdo a la Constitución y la ley".
La disidente no dudó en calificar la situación de Afiuni como "una aberración y la negación del Estado de Derecho"; y afirmó que sus colegas han debido revisar el caso porque pone en peligro el funcionamiento del Poder Judicial.
En rueda de prensa celebrada el pasado 18 de junio, la presidenta del TSJ, magistrada Luisa Estella Morales, aseguró que en Venezuela "ningún juez es sancionado por una decisión".
El Universal.
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