Espacio Público y Provea presentan el informe del primer semestre de 2010 sobre las protestas en Venezuela. El estudio abarca de enero a junio de 2010. Incluye un análisis pormenorizado del número de manifestaciones realizadas, demandas, actores, índices de represión, respuestas gubernamentales y diferentes tendencias de este fenómeno social. Presentando un total de 1581. Manteniendo la tendencia al crecimiento en las acciones de calle, indicando la posibilidad de ser el año con en el número más alto de protestas durante la gestión del presidente Hugo Chávez Frías. Según en monitoreo realizado en los seis meses, el semestre cerró con 1581 manifestaciones públicas. Las demandas más comunes son aquellas relacionadas con derechos laborales así como las que tienen que ver con servicios básicos (ejemplo: calidad de vida, tales como servicios básicos, agua, vialidad y seguridad). Del levantamiento de información realizado se evidencia que cada vez hay un mayor ejercicio del derecho a la manifestación pacífica. Se registraron 14% de manifestaciones más que en el mismo periodo de 2009, cuando se escenificaron 1380 protestas.
Asimismo, en estos seis meses se registró un total de 91 manifestaciones reprimidas impedidas u obstaculizadas, en las que resultaron 301 personas lesionadas y 272 detenidas.
A continuación se presenta la mayor frecuencia por día registrada y el promedio estimado de manifestaciones diarias si tuviesen una distribución equitativa. Por ejemplo, el día en el cual se produjo la mayor cantidad de manifestaciones fue en enero con un total de 37, y el mes donde se registró mayor cantidad fue enero con 359 manifestaciones. El estado donde se registró el mayor número de protesta fue Zulia con un total de 339 y el sector social que más se movilizó fue trabajadores con una cantidad de 394.
Oficina de reclamos
Las demandas por derechos laborales se mantienen como las más frecuentes (484). En segundo lugar encontramos las demandas por servicios básicos (18.6%).
El precio de manifestar
El monitoreo constata que la mayoría de las movilizaciones en el país se desarrollan de manera pacífica. El 97.91 % de las protestas son de carácter pacífico. Afirmando que se mantiene la tendencia observada desde 2009, y en el análisis de los primeros seis meses de 2010 sólo 1.90% de las protestas presentaron características violentas.
En estos seis meses registramos una alta frecuencia de manifestaciones, se observa al mismo tiempo un correlato de represión de las mismas. No hay pruebas para identificar que el factor mediático o político influya en la represión de las manifestaciones, sino más bien, se evidencia la estandarización de la represión, independientemente del grupo que esté realizando la demanda.
En el primer semestre 2010 se contabilizaron 91 manifestaciones reprimidas, de las cuales hubo 32 lesionados y en 37 de esas manifestaciones se produjeron detenidos.
Muerte en el contexto de manifestaciones pacíficas
En este período se registró el fallecimiento de dos estudiantes en el contexto de las manifestaciones, por presuntos civiles armados. Este hecho pone en evidencia el comportamiento de los cuerpos de seguridad y manifestantes en medio de la polarización sociopolítica que vive el país.
El 20.01.10 durante una jornada de protesta de varias horas, en el estado Mérida, a favor y en contra de un decreto gubernamental que prohíbe cualquier transmisión del canal de televisión Radio Caracas televisión (RCTV), es asesinado de un balazo en el pecho Yorsinio Carrillo (15), estudiante de cuarto año de bachillerato del liceo Alberto Carnevali de Mérida. Carrillo formaba parte del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV). Horas más tarde, en la misma entidad, es herido de tres impactos de bala Marcos Rosales (28), activista del partido opositor Un Nuevo Tiempo (UNT). Rosales fallece en el Hospital Universitario de los Andes.
Criminalización de la protesta pública
Durante el primer semestre de 2010 se confirmó la continuidad de una práctica sistemática orientada a criminalizar con procedimientos judiciales, principalmente juicios penales, a quienes ejercen el derecho a la protesta, estableciendo una evidente Política de Estado. Las organizaciones de derechos humanos, al igual que durante todo 2009, denunciaron la consolidación de un proceso de criminalización de las protestas y la obstaculización de manifestaciones con características pacificas.
Esta situación también fue denunciada en el reciente informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) “democracia y derechos humanos en Venezuela”. De su resumen ejecutivo se destaca lo siguiente: “(…) la Comisión identifica una tendencia al uso de figuras penales para sancionar a personas que ejercen su derecho a manifestar o protestar en contra de las políticas oficiales. Información recibida por la Comisión señala que en los últimos cinco años más de 2.200 personas han sido sometidas a procesos penales por hechos relacionados con su participación en manifestaciones públicas. Así, la CIDH observa que en Venezuela se está restringiendo el derecho a manifestar a través de la aplicación de sanciones contenidas en normas emitidas durante el gobierno del Presidente Chávez, acusando a los manifestantes por la comisión de delitos tales como cierre de vías públicas, resistencia a la autoridad, daños a la propiedad pública, obstrucción activa de las funciones de las instituciones legalmente constituidas, ultraje a funcionario público, instigación y asociación para delinquir, instigación pública a la desobediencia de leyes, agavillamiento, restricción de la libertad del trabajo, incumplimiento al régimen especial de zonas de seguridad, entre otros. En su informe, la Comisión da cuenta de casos de personas que están enfrentando procesos penales por los que podrían ser condenados a más de veinte años de prisión, por hechos relacionados con su participación en manifestaciones contra el gobierno. En sus observaciones al presente informe, el Estado afirmó que cada vez que los sectores de la oposición al gobierno pretendan alterar el orden público violando las leyes de la República serán sometidos a juicio, sin que esto pueda ser interpretado como una restricción del ejercicio del derecho a la manifestación pacífica, ni una criminalización a la legítima movilización y a la protesta social. A juicio de la Comisión, esta práctica constituye una restricción a los derechos de reunión y de libertad de expresión garantizados en la Convención Americana, cuyo libre ejercicio es necesario para el buen funcionamiento del sistema democrático inclusivo de todos los sectores de la sociedad”*.
Reiteramos que el Ministerio Público, los Tribunales Penales y los Cuerpos de Seguridad han establecido un triángulo de poder para someter a juicios penales a personas que ejercen el derecho a la protesta pacífica. Se continúan aplicando los artículos 191, 218, 283, 285, 286,357, 358 y 468 del Código Penal, los artículos, 47, y 56 de La Ley Orgánica de Seguridad de la Nación, los artículos 139 y 141 de la. Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, así como los artículos 24 y 25 de la Ley Especial de Defensa Popular contra el Acaparamiento, el Boicot y Cualquier otra Conducta que Afecte el Consumo de Alimentos o Productos sometidos al Control de Precios.
Las organizaciones de derechos humanos de Venezuela denunciamos la criminalización de las diversas formas de protesta pacífica y reivindicamos el derecho a la protesta por reclamos sociales o demandas políticas que se realice en los términos establecidos en el artículo 68 de la Constitución. Los sectores que protestan en el país, por diversas motivaciones requieren de un trato igualitario con relación a quienes con derecho se manifiestan a favor del gobierno.
Rechazamos la política de Estado que pretende calificar como “conspiradora” toda protesta pues ello convierte en sospechoso de conspiración a todo aquel que manifiesta. El incremento de las protestas es un indicador de que la gente asumió la convocatoria a ser Protagónica. Y una forma de ejercer ese protagonismo es reclamando los derechos que considera le corresponden y que están garantizados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en los tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos.
Un caso emblemático es el del secretario general del Sindicato de Ferrominera Orinoco (FMO), Rubén González. Privado de libertad el 29.09.09, por liderar una paralización de 16 días, exigiendo el cumplimiento del contrato colectivo. El 26.08.09, Radwan Sabbagh, presidente de FMO, en un hecho público, acordó con González la finalización del paro, así como la reactivación de las fichas de un grupo de trabajadores que habían quedado fuera de la empresa; no tomar represalias en contra de quienes acataron el cese de actividades; evaluar el pago de los salarios caídos de quienes no laboraron durante los 16 días de manifestación y la cancelación de las reivindicaciones laborales cuando la compañía tenga el dinero fueron los acuerdos alcanzados tras varias horas de reunión en una asamblea en Ciudad Piar. Un mes después el secretario general fue imputado por los delitos de agavillamiento, instigación a delinquir y violación de la zona de seguridad. Actualmente se encuentra detenido en la sede policial Patrulleros de Caronì, en el estado Bolívar.
El movimiento de derechos humanos a través de la “Campaña contra la Criminalización de la Protesta” inició una jornada de solidaridad con González. Haciendo un llamado a todas las organizaciones sociales y populares tanto de Venezuela como de América Latina y el mundo, para que le envíen cartas de apoyo y solidaridad, a través de:
1) Correo electrónico solidaridadconruben@gmail.com, en donde semanalmente una persona los imprimirá y se los llevará a su sitio de reclusión.
2) Enviando una postal, carta o publicaciones a la siguiente dirección: Patrulleros del Caroní (A la atención de Rubén González), Parroquia Unare, sector Unare II, detrás de los trailers de CVG Alcasa y frente al hogar Madre Emilia, Municipio Caroní, Puerto Ordáz, estado Bolívar, Venezuela.
Recomendaciones y exigencias
1. Diseñar y ejecutar una política democrática de control de orden público sustentada fundamentalmente en: a.-Prohibición del uso de armas de fuego en el control de manifestaciones. b.-Prohibición del uso de gases tóxicos. c.-Uso de la fuerza en caso de ser estrictamente necesario. d.-Uso diferenciado y proporcional de la fuerza. e.-Trato igualitario a todos los sectores sociales y políticos interesados enmanifestar de manera pacífica. f.-Adopción de medidas adecuadas para evitar que terceros desarrollen acciones violentas contra quienes manifiesten.
2. Cumplir con el mandato de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre medidas y acciones de orden público según la sentencia de El Caracazo.
3. Establecer responsabilidades penales y administrativas a aquellos funcionarios que incurran en un uso desproporcionado de la fuerza en el contexto de manifestaciones pacíficas.
4. Escuchar, canalizar y dar respuesta efectiva las demandas de las distintas protestas bien sea competencia nacional o municipal.
5. Eliminar las descalificaciones a los grupos manifestantes por parte de funcionarios públicos de cualquier jerarquía.
6. Optimizar los procesos de reclamo de la comunidad a nivel municipal para atender eficientemente las necesidades de las comunidades.
7. Adelantar una investigación imparcial que establezca responsabilidades en el asesinato de manifestantes.
8. Dejar de abrir procesos judiciales penales a quienes ejercen de manera pacífica el derecho a la movilización y a la huelga.
Descargar el informe enero-junio 2010 sobre manifestaciones en Venezuela en el siguiente enlace: http://www.derechos.org.ve/proveaweb/wp-content/uploads/manifestaciones-ene-junio2010.pdf